El Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJMU) ha confirmado la condena a 19 años y tres meses de prisión para un hombre por agredir y abusar sexualmente de dos hermanas menores. El fallo, dictado tras desestimar el recurso de apelación, también impone medidas de alejamiento y una indemnización de 30.000 euros.
La resolución ratifica íntegramente la sentencia dictada en marzo de 2025 por la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Murcia, con sede en Cartagena. El condenado era amigo cercano de la familia y padrino de comunión de una de las víctimas.
Los delitos ocurrieron cuando las niñas tenían 8 y 12 años, en el contexto de la relación de confianza entre ambas familias. Según los hechos probados, el hombre aprovechó visitas a los domicilios, una excursión a la playa y momentos en que se encontraba a solas con ellas.
La Sala de lo Civil y Penal ha rechazado los argumentos de la defensa sobre una supuesta vulneración de la presunción de inocencia y posibles motivaciones espurias de las denunciantes. Considera que la valoración de las pruebas en primera instancia fue lógica y racional.
Las pruebas que ha valorado el tribunal
El TSJMU ha destacado la consistencia, el detalle y la persistencia de los relatos de las dos hermanas. También ha señalado que sus testimonios cuentan con corroboraciones periféricas.
Entre ellas figuran la revelación de los hechos a la profesora-tutora de una de las menores, los informes del Proyecto Luz y la coincidencia de ambas víctimas al señalar los abusos. El tribunal ha añadido que la demora inicial en formalizar la denuncia no resta fiabilidad a la acusación.
La resolución encuadra ese retraso en patrones de inhibición y trauma habituales en agresiones sexuales contra menores cometidas en círculos de confianza. Por tanto, no lo considera un motivo para invalidar los testimonios.
La condena y las medidas impuestas
Además de la pena de prisión, el condenado no podrá aproximarse a menos de 500 metros ni comunicarse con las víctimas durante un periodo global de 39 años y tres meses. La sentencia también establece diez años de libertad vigilada, cinco por cada delito continuado.
El fallo incluye la inhabilitación absoluta durante el tiempo de las condenas y la inhabilitación especial para cualquier oficio o profesión que implique contacto directo con menores. El hombre deberá indemnizar a las hermanas con 30.000 euros: 25.000 euros a una y 5.000 a la otra, por los daños morales.
La sentencia puede recurrirse en casación ante el Tribunal Supremo.

