La Región de Murcia ha autorizado 36 denominaciones comerciales complementarias para especies pesqueras y de acuicultura, tras publicarse una resolución en el BORM este miércoles. Los nombres podrán aparecer junto a las denominaciones nacionales en la información comercial, pero no reemplazarlas.
La medida aplica la normativa europea, que exige ofrecer al consumidor información clara y completa sobre los productos pesqueros y acuícolas. La Dirección General de Ganadería, Pesca y Acuicultura ha aprobado una lista de nombres alternativos para distintas especies.
Entre las denominaciones autorizadas figuran ‘besugo blanco’ para el aligote, ‘pasador’ para la anjova y ‘bogavante o sastre’ para el bogavante europeo. También se incluyen ‘pagel’ para la breca, ‘buey’ para el buey de mar, ‘mollera’ para el capellán y ‘cigarrón’ para la cigarra.
La relación recoge además ‘gamba roja’ para la gamba roja del Mediterráneo, ‘magre’ para la herrera, ‘jurela’ para el jurel real y ‘lampua’ para la lampuga. Se suman ‘rata’ para el miracielo, ‘vidria’ para la mojarra, ‘mújol o pardete’ para el mugil y ‘mozola’ para la musola.
Otros nombres autorizados son ‘dobla o doblada’ para la oblada, ‘algarín o algarines’ para la paparda y ‘sable’ para el pez cinto. La lista incluye asimismo ‘lecha’ para el pez de limón, ‘gallopedro’ para el pez de San Pedro, ‘gato’ para la pintarroja y ‘chapa’ para el raspallón.
Completan las denominaciones ‘salpa o zarpa’ para la salema, ‘sargo real’ para el sargo breado y ‘reche’ para el verrugato. Al tener carácter complementario, estos nombres no pueden usarse en lugar de las denominaciones comerciales nacionales.
La autorización se ampara en el Real Decreto 1082/2025
La autorización se ampara en el Real Decreto 1082/2025, de 3 de diciembre, que permite a las comunidades autónomas aprobar nombres comerciales adicionales a los nacionales. La resolución, firmada el 28 de octubre, ha entrado en vigor con su publicación en el BORM.
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La Región de Murcia ha autorizado 36 denominaciones comerciales complementarias para especies pesqueras y de acuicultura, tras publicarse una resolución en el BORM este miércoles. Los nombres podrán aparecer junto a las denominaciones nacionales en la información comercial, pero no reemplazarlas.
La medida aplica la normativa europea, que exige ofrecer al consumidor información clara y completa sobre los productos pesqueros y acuícolas. La Dirección General de Ganadería, Pesca y Acuicultura ha aprobado una lista de nombres alternativos para distintas especies.
Entre las denominaciones autorizadas figuran ‘besugo blanco’ para el aligote, ‘pasador’ para la anjova y ‘bogavante o sastre’ para el bogavante europeo. También se incluyen ‘pagel’ para la breca, ‘buey’ para el buey de mar, ‘mollera’ para el capellán y ‘cigarrón’ para la cigarra.
La relación recoge además ‘gamba roja’ para la gamba roja del Mediterráneo, ‘magre’ para la herrera, ‘jurela’ para el jurel real y ‘lampua’ para la lampuga. Se suman ‘rata’ para el miracielo, ‘vidria’ para la mojarra, ‘mújol o pardete’ para el mugil y ‘mozola’ para la musola.
Otros nombres autorizados son ‘dobla o doblada’ para la oblada, ‘algarín o algarines’ para la paparda y ‘sable’ para el pez cinto. La lista incluye asimismo ‘lecha’ para el pez de limón, ‘gallopedro’ para el pez de San Pedro, ‘gato’ para la pintarroja y ‘chapa’ para el raspallón.
Completan las denominaciones ‘salpa o zarpa’ para la salema, ‘sargo real’ para el sargo breado y ‘reche’ para el verrugato. Al tener carácter complementario, estos nombres no pueden usarse en lugar de las denominaciones comerciales nacionales.
La autorización se ampara en el Real Decreto 1082/2025, de 3 de diciembre, que permite a las comunidades autónomas aprobar nombres comerciales adicionales a los nacionales. La resolución, firmada el 28 de octubre, ha entrado en vigor con su publicación en el BORM.

