La Junta Electoral archiva la denuncia del PSOE contra López Miras por su mensaje sobre el adelanto electoral

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La Junta Electoral Provincial de Murcia ha rechazado la denuncia del PSOE contra Fernando López Miras al considerar que su declaración sobre el adelanto electoral se hizo antes del inicio oficial del periodo electoral.

La Junta Electoral Provincial de Murcia ha rechazado la denuncia presentada por el PSOE contra el presidente regional, Fernando López Miras, al concluir que su declaración institucional sobre el adelanto de las elecciones generales se ha emitido antes del inicio oficial del periodo electoral.

Archivo de las actuaciones

El órgano ha acordado el archivo de las actuaciones y ha descartado abrir expediente sancionador contra el jefe del Ejecutivo murciano. Según la resolución, la comparecencia en el Palacio de San Esteban y su difusión en la web corporativa de la Comunidad Autónoma tuvieron lugar el 5 de octubre. Esta fecha es anterior a la entrada en vigor del Real Decreto de convocatoria de los comicios, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

La Junta Electoral Provincial precisa que el principio de neutralidad institucional, recogido en el artículo 50.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), solo despliega efectos desde la publicación oficial del decreto de convocatoria. Por tanto, entiende que las limitaciones a los cargos públicos no eran aún aplicables cuando López Miras grabó y difundió su declaración.

Neutralidad institucional y difusión

Además, el dictamen sostiene que la permanencia de la nota de prensa y del archivo de audio en la web institucional no supone una infracción continuada. La resolución indica que no es necesaria su retirada, porque el eventual control se vincula al momento en que se realiza y difunde el mensaje inicial.

La resolución también analiza el uso de fragmentos del vídeo en los perfiles de la red social ‘X’ del Partido Popular de la Región de Murcia. En este punto, la Junta Electoral Provincial recuerda que los partidos políticos no están sujetos a los deberes de neutralidad que sí se exigen a los cargos públicos en el ejercicio de sus funciones institucionales.

Argumentos de la denuncia del PSOE

Según la denuncia del PSOE, Fernando López Miras utilizó el Palacio de San Esteban para un acto que los socialistas consideran de carácter partidista. Argumentan que el presidente autonómico se grabó tras el anuncio del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, sobre el adelanto de las elecciones generales.

En su escrito, el PSOE solicitó la apertura de un expediente sancionador a López Miras por una presunta vulneración de la Ley Electoral. También reclamó la retirada del vídeo del acto de la página web de la Comunidad Autónoma y de todas sus redes sociales.

Asimismo, el partido pidió que la Junta Electoral determinara si la actuación del presidente regional vulneró el principio de neutralidad institucional y las limitaciones fijadas por la legislación electoral. La resolución ha descartado estas pretensiones al considerar que los hechos se produjeron fuera del periodo sometido a esas restricciones.