El jurado declara culpable de homicidio al vecino acusado de matar a otro en Beniel

Un jurado popular ha declarado culpable de un delito de homicidio al acusado de matar a su vecino en Beniel (Murcia) en enero de 2025. El hombre ha golpeado a la víctima en la cara y la cabeza con una tabla de madera, causándole la muerte de forma inmediata según el informe forense.

El veredicto ha rechazado la calificación de asesinato que pedían las acusaciones. El jurado no ha apreciado alevosía, ensañamiento ni especial vulnerabilidad en la víctima, un hombre de 63 años.

Sin ensañamiento ni especial vulnerabilidad

El jurado ha considerado que no ha existido ensañamiento porque la agresión se ha desarrollado en un tiempo muy breve, de unos cinco minutos. Además, el informe forense ha determinado que la muerte se ha producido de forma inmediata por los golpes en zonas vitales, sin que se buscara aumentar el sufrimiento de la víctima.

La resolución también ha descartado que el fallecido presentara una especial vulnerabilidad. Los miembros del jurado han señalado que no constaba ninguna documentación que acreditara esa condición. Han añadido que la edad, por sí sola, no resulta suficiente para apreciarla.

Tampoco se ha estimado la eximente o atenuante por alteración psíquica o discapacidad del procesado, uno de los argumentos principales de la defensa. El informe psiquiátrico ha concluido que el acusado tenía plena conciencia de los hechos, con un relato ordenado y sin alteraciones que redujeran su capacidad de autocontrol o su voluntad.

Dos atenuantes a favor del acusado

Aunque ha descartado el asesinato, el jurado sí ha reconocido por unanimidad dos atenuantes en favor del procesado. La primera es la atenuante de confesión y colaboración eficaz con la justicia.

Según el veredicto, el acusado se ha mostrado colaborador desde la llegada de la Policía Local y la Guardia Civil. Ha salido con las manos unidas para facilitar su detención, ha admitido los hechos y ha guiado a los agentes hasta los matorrales donde había tirado la tabla de madera.

La segunda atenuante reconocida es la de reparación del daño. El tribunal ha dado por probado, mediante resguardos bancarios, que el procesado ha consignado 90.000 euros antes del juicio. Esa cantidad se ha repartido a razón de 30.000 euros para cada uno de los tres hermanos del fallecido, en concepto de indemnización por los perjuicios derivados de la muerte.

Petición de pena y situación personal

Tras el veredicto, se ha celebrado el trámite de fijación de las penas. La defensa del acusado ha solicitado una condena de cinco años de prisión, amparándose en las dos atenuantes reconocidas por el jurado popular.

Además, la representación letrada ha pedido que se mantengan las medidas de alejamiento, la prohibición de residencia y la libertad vigilada una vez cumplida la pena. Estas medidas pretenden limitar cualquier contacto con el entorno de la víctima.

En la comparecencia específica sobre la situación personal del procesado, la defensa ha reclamado su puesta en libertad provisional. Ha argumentado que existen otras medidas cautelares que podrían evitar el riesgo de fuga, más aún tras el reconocimiento de las atenuantes.

Durante su último turno de palabra, el propio acusado ha manifestado su deseo de salir de prisión. ‘Me gustaría poder estar con mi abuela porque está mayor y quiero disfrutar de sus últimos años de vida, si puede ser posible’, ha declarado ante el tribunal.

Por su parte, el Ministerio Fiscal y la acusación particular se han opuesto frontalmente a esa petición. Ambas partes han pedido que se prorrogue la prisión preventiva.

Las acusaciones han defendido que la pena final superará los cinco años de cárcel. También han insistido en que existe riesgo de evasión de la justicia si el procesado queda en libertad.

El magistrado presidente del tribunal ha anunciado que resolverá la situación personal del acusado mediante un auto en los próximos días. Después dictará la sentencia en la que se fijará la condena definitiva por el homicidio de su vecino en Beniel.