Los ciudadanos han sido llamados a las urnas el próximo 29 de noviembre, tras la publicación este martes en el Boletín Oficial del Estado (BOE) del Real Decreto 806/2026, que ha disuelto las Cortes Generales y ha convocado elecciones generales. Las nuevas Cámaras se constituirán el 23 de diciembre a las diez de la mañana.
El decreto recoge que la decisión se ha adoptado tras la deliberación de un Consejo de Ministros extraordinario celebrado ayer, a propuesta del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ‘de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 115 de la Constitución y de conformidad con lo previsto en el artículo 42.1 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General’.
El texto incluye seis artículos y una disposición única sobre su entrada en vigor, que se ha producido hoy mismo, coincidiendo con su publicación en el BOE. Desde ese momento han quedado disueltos el Congreso de los Diputados y el Senado elegidos el 23 de julio de 2023.
Cómo se reparten los diputados
El artículo dos del Real Decreto ha fijado la convocatoria de elecciones al Congreso y al Senado para el domingo 29 de noviembre de 2026. El artículo tres detalla el número de diputados y senadores que corresponden a cada circunscripción, en aplicación del artículo 162 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), información que se desarrolla en un anexo.
En el Congreso, las provincias que más diputados eligen son Madrid, con 38 escaños, Barcelona, con 32, y Valencia, que contará con 16 representantes. A continuación se sitúan Sevilla y Alicante, con 12 diputados cada una, Málaga, con 11, y la Región de Murcia, que elige 10.
Baleares, Vizcaya, Cádiz, A Coruña y Las Palmas tendrán ocho diputados cada una. Asturias, Granada, Pontevedra, Santa Cruz de Tenerife y Zaragoza elegirán siete representantes al Congreso, mientras que Almería, Córdoba, Guipúzcoa, Gerona, Tarragona y Toledo contarán con seis cada una.
Otras ocho circunscripciones elegirán cinco diputados: Badajoz, Huelva, Cantabria, Castellón, Ciudad Real, Jaén, Navarra y Valladolid. Con cuatro escaños se sitúan Albacete, Álava, Burgos, Cáceres, León, Lérida, Lugo, Orense, La Rioja y Salamanca.
Las provincias de Ávila, Cuenca, Guadalajara, Huesca, Palencia, Segovia, Teruel y Zamora eligen tres diputados. Soria elegirá dos, mientras que Ceuta y Melilla tendrán un diputado cada una.
En la Comunitat Valenciana, Valencia contará con 16 diputados, Alicante con 12 y Castellón con cinco. Este reparto refuerza el peso político de la autonomía en el Congreso, con un total de 33 escaños.
Reparto de senadores y calendario electoral
En cuanto al Senado, el decreto aplica el artículo 165 de la LOREG. Cada provincia peninsular y las provincias insulares con esa condición elegirán cuatro senadores.
En las circunscripciones insulares, el reparto será distinto. Se eligen tres senadores en Gran Canaria, Mallorca y Tenerife. En Ibiza, Formentera, Menorca, Fuerteventura, La Gomera, El Hierro, Lanzarote y La Palma se elige un senador en cada isla. Las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla eligen dos senadores cada una.
El artículo cuatro del Real Decreto fija también el calendario de la campaña electoral. Tendrá una duración de quince días. Comenzará a las cero horas del viernes 13 de noviembre y finalizará a las veinticuatro horas del viernes 27 de noviembre.
Una vez celebradas las elecciones generales, las nuevas Cámaras se reunirán en sesiones constitutivas el 23 de diciembre a las diez de la mañana. A partir de ese momento se pondrá en marcha la nueva legislatura, que se regirá por las normas establecidas en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, y su normativa de desarrollo, tal como recuerda el Real Decreto.

