El Tribunal Supremo ha rechazado el último intento del Sindicato Central de Regantes del Acueducto Tajo-Segura (Scrats) de anular el Plan Hidrológico del Tajo, al desestimar el incidente de nulidad de actuaciones planteado contra la sentencia dictada el pasado 13 de mayo, que ya había tumbado íntegramente su recurso contra esta planificación y había avalado los caudales ecológicos fijados para el río.
Según ha informado la Asociación de Municipios Ribereños de los Embalses de Entrepeñas y Buendía, el alto tribunal ha considerado que el incidente de nulidad es una vía extraordinaria y excepcional. Por ello, ha recalcado que no sirve como una nueva instancia para reabrir debates ni para volver a plantear cuestiones ya estudiadas y resueltas mediante sentencia firme.
La Sala ha señalado además que buena parte de las alegaciones presentadas por el Scrats buscaban precisamente reabrir discusiones ya examinadas. Entre ellas, la legalidad del Plan Hidrológico del Tajo, la regulación del trasvase Tajo-Segura, la coordinación entre cuencas y la determinación de los caudales ecológicos.
El presidente de los Municipios Ribereños, Borja Castro, ha celebrado lo que considera un nuevo espaldarazo judicial a la planificación del Tajo. ‘Es un nuevo pronunciamiento contundente del Tribunal Supremo y vuelve a dejar claro que los argumentos utilizados contra los caudales ecológicos no se sostienen. Llevamos demasiado tiempo asistiendo a recursos y maniobras para cuestionar una realidad que los tribunales han confirmado una y otra vez’, ha afirmado.
Antecedentes de la sentencia
La sentencia 596/2026, dictada el 13 de mayo, ya había desestimado el recurso del Scrats contra la revisión del Plan Hidrológico del Tajo aprobada mediante el Real Decreto 35/2023. Aquel fallo supuso un respaldo explícito a la nueva planificación hidrológica del Tajo y a los caudales ecológicos asociados.
Tras esa sentencia, el Scrats intentó anularla mediante un incidente de nulidad. Alegó supuestas vulneraciones de derechos fundamentales y defectos en la valoración de la prueba. Sin embargo, el Supremo ha rechazado ahora de nuevo estos argumentos, según recalca la Asociación de Municipios Ribereños en su comunicado.
Borja Castro ha reconocido el derecho del sindicato de regantes a agotar las vías legales, pero ha advertido de sus límites. ‘Están en su derecho de utilizar las vías que permita el ordenamiento jurídico, pero llega un momento en el que hay que preguntarse hasta dónde se pretende estirar una cuestión sobre la que el Tribunal Supremo se ha pronunciado ya de manera reiterada. Mientras tanto, el Tajo sigue esperando’, ha subrayado.
Costas para el Scrats y escenario jurídico más claro
Los Municipios Ribereños han destacado que el auto impone al Scrats el pago de las costas del incidente de nulidad, que se fijan en un máximo de 1.500 euros a repartir entre las tres partes recurridas. Además, la resolución establece de forma expresa que contra este auto no cabe recurso.
La Asociación ha precisado que esta decisión no impide que los regantes puedan intentar acudir al Tribunal Constitucional en defensa de los derechos fundamentales cuya vulneración han venido alegando. No obstante, advierte de que, a su juicio, esa posibilidad no debería servir para frenar más tiempo la aplicación plena de la planificación.
‘Para los Municipios Ribereños, esa posibilidad no debería servir como argumento para seguir paralizando decisiones que afectan al cumplimiento de los caudales ecológicos y a la necesaria adaptación de las reglas de explotación del trasvase’, señalan en la nota remitida.
La Asociación considera que este nuevo auto se suma a una larga serie de pronunciamientos del Tribunal Supremo contrarios a los recursos planteados contra la planificación hidrológica del Tajo. A su entender, se consolida así un escenario jurídico cada vez más claro en torno a los caudales ecológicos y al trasvase Tajo-Segura.
Por este motivo, los Municipios Ribereños insisten en que el Gobierno de España debe avanzar ya en la aplicación efectiva de los caudales ecológicos. También reclaman que se modifiquen las reglas de explotación del trasvase, diseñadas para una realidad previa a la actual planificación hidrológica.
‘Es posible seguir explorando vías jurídicas, pero eso no puede convertirse en una excusa permanente para no actuar, porque está en juego la salud del río Tajo. El Supremo ha hablado reiteradamente y el Gobierno tiene razones más que suficientes para cumplir ya con los caudales ecológicos y adaptar el trasvase a la realidad legal y ambiental del Tajo’, ha concluido el presidente de los Municipios Ribereños.

